Según el RGPD, ¿cuáles son los deberes y las obligaciones que tiene que respetar el responsable del tratamiento de los datos al enviar la nota de prensa?
Al enviar las notas de prensa, el responsable del tratamiento deberá tener en cuenta las siguientes obligaciones: identificar la base jurídica del tratamiento que realiza, verificar la información que se facilita a los interesados, mantener un registro de actividades de tratamiento, prever mecanismos para facilitar el ejercicio de derechos y dar respuesta a las solicitudes, y asegurarse de que se cumplen las medidas de seguridad correspondientes para garantizar la integridad de la información.
En virtud del principio de transparencia, la información que se facilita a los interesados con respecto a las condiciones de los tratamientos de sus datos y al ejercicio de derechos deberá proporcionarse de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo. Para ello se deberán facilitar las correspondientes clausulas informativas, que incluyan la información prevista en los artículos 13 y 14 del RGPD.
En el supuesto de que la base legitimadora del tratamiento esté basada en el interés legítimo , en relación con el deber de informar al interesado sobre el tratamiento de los datos, exige no sólo que se indique el interés legítimo como base jurídica del tratamiento de la que debe informarse en todo caso, sino además que se especifiquen los intereses legítimos concretos del responsable, tanto si los datos se han obtenido del afectado como si no ha sido así (arts. 13.1.d y 14.2.b del RGPD).
Así mismo, el responsable del tratamiento deberá mantener un registro de operaciones de tratamiento en el que se contenga la información que establece el RGPD y que deberá contener: nombre y datos de contacto del responsable, y en su caso del DPD, finalidades del tratamiento, descripción de categorías de interesados y categorías de datos personales tratados, destinatarios de los datos, transferencias (en su caso), y cuando sea posible plazos previstos para la supresión de los datos y una descripción de las medidas de seguridad aplicables. Los registros constarán por escrito, inclusive en formato electrónico.
Como titular de sus datos de carácter personal, el interesado puede ejercitar ante el responsable, sus derechos de acceso, de rectificación, de supresión, de portabilidad, de oposición, y de limitación del tratamiento.
Finalmente, en el supuesto de que los datos no se hayan obtenido del interesado, por ejemplo que los haya facilitado el medio de comunicación o se hayan obtenido directamente del soporte físico o electrónico del medio de comunicación (mancheta de un periódico, página web del medio, etc.) el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que se dará cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 14 del RGPD facilitando al interesado la información básica e indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.
En virtud del principio de transparencia, la información que se facilita a los interesados con respecto a las condiciones de los tratamientos de sus datos y al ejercicio de derechos deberá proporcionarse de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo. Para ello se deberán facilitar las correspondientes clausulas informativas, que incluyan la información prevista en los artículos 13 y 14 del RGPD.
En el supuesto de que la base legitimadora del tratamiento esté basada en el interés legítimo , en relación con el deber de informar al interesado sobre el tratamiento de los datos, exige no sólo que se indique el interés legítimo como base jurídica del tratamiento de la que debe informarse en todo caso, sino además que se especifiquen los intereses legítimos concretos del responsable, tanto si los datos se han obtenido del afectado como si no ha sido así (arts. 13.1.d y 14.2.b del RGPD).
Así mismo, el responsable del tratamiento deberá mantener un registro de operaciones de tratamiento en el que se contenga la información que establece el RGPD y que deberá contener: nombre y datos de contacto del responsable, y en su caso del DPD, finalidades del tratamiento, descripción de categorías de interesados y categorías de datos personales tratados, destinatarios de los datos, transferencias (en su caso), y cuando sea posible plazos previstos para la supresión de los datos y una descripción de las medidas de seguridad aplicables. Los registros constarán por escrito, inclusive en formato electrónico.
Como titular de sus datos de carácter personal, el interesado puede ejercitar ante el responsable, sus derechos de acceso, de rectificación, de supresión, de portabilidad, de oposición, y de limitación del tratamiento.
Finalmente, en el supuesto de que los datos no se hayan obtenido del interesado, por ejemplo que los haya facilitado el medio de comunicación o se hayan obtenido directamente del soporte físico o electrónico del medio de comunicación (mancheta de un periódico, página web del medio, etc.) el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018 establece que se dará cumplimiento al deber de información establecido en el artículo 14 del RGPD facilitando al interesado la información básica e indicándole una dirección electrónica u otro medio que permita acceder de forma sencilla e inmediata a la restante información.