FAQ RGPD: En caso de incumplimiento del RGPD, ¿a cuánto ascienden las sanciones?

Faq RGPD | ¿Cuáles son las sanciones pecuniarias previstas?

Mediaddress

18/07/2026


Los apartados 4, 5 y 6 del artículo 83 del RGPD se refieren a los límites de la cuantía de las sanciones pecuniarias en función de la infracción cometida:

  • Multa de hasta 10 millones de euros o un 2% del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior (optándose por la de mayor cuantía entre ambos valores), por la comisión de infracciones previstas en el apartado 4 del artículo 83 del RGPD.
  • Multa de hasta 20 millones de euros o un 4% del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior (optándose por la de mayor cuantía entre ambos valores), por la comisión de infracciones previstas en el apartado 5 del artículo 83 del RGPD.

El artículo 83.6 señala una multa de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio total (optándose por la de mayor cuantía entre ambos valores) en la comisión de la infracción por incumplimiento de las resoluciones de la Autoridad de Control a tenor de lo dispuesto en el artículo 58.2.


 

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